Orden del Día Comisión Directiva Instituto Superior de Educación Física Sesión Ordinaria del 03/12/2021 Hora 08:30 N°25/21 |
SUMARIO |
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Repartido de Comisión Directiva Asuntos postergados A consideración Solicitud de Reválida Reconocimiento de Créditos Recusación Rectificaciones Dedicaciones Compensadas Acumulación de sueldos y cargos Extensiones horarias Solicitud de estudiantes Solicitudes varias Reducciones horarias Designaciones docentes Designación y reelección de docente efectivo Tomar conocimiento | .................................... .................................... .................................... .................................... .................................... .................................... .................................... .................................... .................................... .................................... .................................... .................................... .................................... .................................... .................................... .................................... .................................... |
3 - 5 6 - 7 9 10 - 15 16 17 - 18 19 20 21 - 25 26 27 28 29 30 - 33 34 - 37 |
Art. 1:
El Reglamento de carreras de grado y pregrado de ISEF está amparado en
la Ordenanza de estudios de grado y otros programas de formación
terciaria, de la Universidad de la República aprobada por el Consejo
Directivo Central en agosto de 2011.
Art. 2: Este reglamento define el funcionamiento de todas las carreras de grado y pregrado impartidas por el ISEF.
Art. 3:
Se empleará un valor del crédito de 15 horas de trabajo estudiantil. El
crédito constituye una unidad de medida del trabajo académico del
estudiante que comprende tanto la estimación de las horas de actividad
presencial (horas de clase, trabajo asistido o actividad equivalente),
como de la actividad no presencial (horas de estudio, preparación de
informes, etc.) que insume cada unidad curricular.
Art. 4:
Las UC son teóricas o prácticas. De acuerdo a la Ordenanza de estudios
de grado y otros programas de formación terciaria, se les asignan
créditos de la siguiente forma:
1
crédito en una UC teórica 7,5 hr presenciales + 7,5 hr de estudio. 1
crédito en una UC práctica = 10 hr presenciales + 5 hr de estudio.
Art. 5: Son aquellas definidas en el plan de estudios correspondiente como obligatorias para todos los estudiantes.
Art. 6: Se podrán cursar en cualquier momento de la carrera respetando el régimen de previaturas vigente.
Art. 7:
Son aquellas definidas en el plan de estudios correspondiente como
obligatorias para la opción seleccionada por los estudiantes.
Art. 8: Serán cursadas según lo establezca su régimen de previaturas.
Art. 9: Son aquellas que serán acreditadas a partir de la elección complementaria del estudiante.
Art. 10: Los créditos de las UC optativas/electivas podrán obtenerse por:
10.1
Reconocimiento automático de créditos por la aprobación de UC incluidas
en las opciones distintas a la seleccionada por el estudiante.
10.2 Reconocimiento automático de créditos por la aprobación de unidades curriculares de otras carreras del ISEF.
10.3 A través de UC ofrecidas por el propio ISEF, no contempladas en los numerales anteriores,
10.4 Reconocimiento automático de créditos de las Áreas Salud y Social y Artística de la Universidad de la República.
10.5
Reconocimiento de créditos, previa evaluación de pertinencia por la
Comisión Académica de Grado del servicio, de UC del Área Tecnologías y
Ciencias de la Naturaleza y el Hábitat de la Universidad de la
República.
10.6
Reconocimiento de créditos — previa creditización — por todas aquellas
asignaturas aprobadas en el Consejo de Educación Técnico Profesional
(Nivel Terciario), Consejo de Formación en Educación.
10.7
Reválida de estudios cursados en Instituciones terciarias privadas
correspondiendo el cumplimiento de las instancias de análisis y
aprobación previstas en la “Ordenanza de Revalidación de Estudios
Parciales cursados en Instituciones de Enseñanza Nacional Privadas y
Públicas no integrantes del Sistema Nacional de Educación Pública”
(Res. Nº10 de C.D.C de 6/XII/2011 – Dist 867/11 – D.O. 22/XII/2011)
10.8 Reconocimiento de créditos por participación en actividades de extensión, investigación y Espacios de Formación Integral.
10.9 Reconocimiento de créditos por la participación en espacios de pasantía, según el Reglamento de Pasantías del ISEF.
10.10 Por la participación en intercambios de movilidad estudiantil.
10.11 Por otro tipo de actividades, previo estudio de la CAG del servicio.
3. Los Cursos
Art. 11:
Los horarios de los cursos deberán publicarse en la web institucional
con 15 días de antelación al comienzo del período de inscripciones de
forma clara.
Art. 12: Los cursos podrán ser dictados bajo diversas modalidades: presencial, semipresencial y a distancia.
Art. 13: Será priorizada la modalidad presencial para el dictado de los cursos.
Art. 14:
En caso de utilizar la modalidad semipresencial y a distancia, dichas
propuestas deberán ser presentadas al Director del Departamento
Académico correspondiente.De las calificaciones
Art. 15:
La escala de calificaciones será del 0 al 12, siendo el 5 la nota
mínima de aprobación, equivalente al 60 % de la calificación. En todas
las UC, la calificación final del curso implica:
Nota 8 o superior — Exonera la UC
Entre 5 y 7 — Gana el curso, quedando habilitado a rendir examen en forma reglamentaria.
Entre 0 y 4 — Pierde el curso por razones académicas. Puede optar por rendir examen en calidad de libre o recursar la UC.
Art. 16: Para la aprobación de los cursos, se aplicará la escala de calificaciones vigente en UdelaR
Art. 17: En caso de inasistencia a una evaluación parcial, corresponderá a una calificación 0.
Art. 18: La
aprobación de la UC Práctica Profesional, Didáctica y Práctica Docente,
Seminario y Seminario de Egreso, las pasantías preprofesionales o los
Espacios de Formación Integral, serán únicamente por medio del cursado
con nota igual o superior a 5, sin existir la posibilidad de rendir
examen. Si la nota es igual o inferior a 4, el estudiante deberá
recursar la UC.
Art. 19:
El docente o los docentes responsables de las UC definirán el número y
modalidades de las evaluaciones parciales a realizar durante el curso,
las cuales deberán ser presentadas al estudiante al comienzo del mismo,
junto a un cronograma del mismo.
Art. 20: Existirán tres regímenes de asistencia que constarán en los programas de cada UC.
20.1: Asistencia obligatoria
— En las UC de asistencia obligatoria el estudiante deberá estar
presente en el aula. No podrá exceder el 25% de inasistencia de las
clases programadas. En caso de perder el curso por razones de
inasistencia, no podrá rendir examen, debiendo recursar la UC.
20.2: Asistencia libre
— El estudiante podrá optar por no concurrir a clase. Para ganar el
derecho al examen reglamentado deberá cumplir con las evaluaciones
parciales que le permita acceder a la calificación mínima de 5. En caso
de no acceder a dicha calificación mínima, podrá rendir el examen libre
o recursar la UC.
20.3: Asistencia mixta
— En estas UC el estudiante deberá asistir a las instancias
establecidas como de carácter obligatorio, donde se aplicará el mismo
régimen de asistencia que en las UC Obligatorias, pero podrá optar por
no concurrir a las instancias de asistencia libre, donde no se
registrará asistencia.
20.4: Asistencia en las Prácticas Profesionales —
En cuanto a las Prácticas Profesionales, se mantendrá en los espacios
teóricos el criterio establecido en el Art. 20.1, que contempla hasta
un 25% de inasistencias. Para los espacios de práctica in situ, el
porcentaje máximo de inasistencia será de 10% del total de las clases
programadas.
Art. 21:
No se computará como inasistencia, hasta un total del 25% de las clases
programadas (10 % en los espacios de prácticas in situ de las Prácticas
Profesionales), si se presenta la documentación debida en los
siguientes casos:
21.1: Por nacimiento de hijos.
21.2: Fallecimiento de familiar en primera línea.
21.3: Integración de representación nacional deportiva (Ley 17.292, art. 89)
21.4:
Por participación en actividades de cogobierno- que no excedan el 10%
de las clases programadas y estén justificadas por Secretaría de
Comisiones.
21.5: Certificación médica por la DUS u organismo correspondiente para los casos de los centros regionales que no cuentan con DUS.
Art. 22:
En caso de coincidir las inasistencias justificadas por el Art. 21 con
fecha de evaluaciones, se deberá fijar una fecha especial a los
estudiantes involucrados.
Art. 23: El plazo de entrega de actas de cursos es de 5 (cinco) días hábiles, luego de finalizado cada semestre.
Art. 24: Existirán dos modalidades de exámenes: examen reglamentado y examen libre.
Art. 25: El examen libre se diferenciará del reglamentado por tener mayor extensión.
Art. 26: La posibilidad de rendir examen libre dependerá del tipo de UC:
26.1
En el caso de las UC prácticas los Estudiantes podrán rendir examen
libre en caso de no haber alcanzado la nota mínima prevista, habiendo
cumplido el mínimo de asistencia requerido.
26.2
En el caso de las UC teóricas, se podrá optar por rendir el
examen libre sin necesidad de haberse inscripto para cursar la
respectiva UC. O bien, habiéndose inscripto a la UC y no habiendo
alcanzado la nota mínima prevista, habiendo o no cumplido con el mínimo
de asistencia requerido.
Art. 27: Se establece un mínimo de tres períodos anuales de exámenes y corresponden a los meses de Diciembre, Febrero y Julio.
Art. 28: El calendario de exámenes será publicado junto con el calendario institucional.
Art. 29:
Las inscripciones deberán efectuarse en forma electrónica a través del
SGAE, para estudiantes de la Generación 2011 en adelante. Estudiantes
de Generación 2010 y anteriores deben hacerlo en ventanilla de Bedelía.
Todo estudiante tendrá derecho a inscribirse a los exámenes de las
carreras de ISEF, en la medida que cumpla con las exigencias académicas
y de ingreso vigentes para la carrera; podrá anular la inscripción
hasta 2 (dos) días antes del examen.
Art. 30: El tribunal estará integrado por 3 docentes, quienes deberán ser convocados en un plazo no menor a 72 horas.
Art. 31:
Se realizarán dos llamados consecutivos a los exámenes, en el caso que
un estudiante no esté presente en el segundo llamado se lo considerará
ausente.
Art. 32: La aprobación de un examen requiere una nota mínima de 5.
Art. 33:
La solicitud de mesa especial deberá ser presentada ante la Comisión de
Carreras Local, quien resolverá si dar trámite a la solicitud. En caso
favorable, el Coordinador de Carreras lo articulará con el Departamento
Académico correspondiente.
Art. 34: El criterio de previaturas que establece este reglamento es de corte académico.
Art. 35: Se deberá haber ganado o aprobado el curso en la UC previa, para cursar la UC correlativa.
Art. 36: Se deberá haber exonerado o aprobado en examen la UC previa, para aprobar la UC correlativa.
Art. 37: El cuadro de previaturas de cada plan se explicitará en un documento específico para ese cometido. "INSTITUTO UNIVERSITARIO ACJ Licenciatura en Educación Física, Deporte y Recreación Plan 2012 | INSTITUTO SUPERIOR de EDUCACIÓN FÍSICA Tecnicatura en Deportes - Fútbol Plan 2007 |
Anatomía y Fisiología | Fisiología I Histología y Anatomía Funcional |
Fisiología del Ejercicio y Evaluación Funcional | Fisiología II |
Primeros Auxilios | Primeros Auxilios |
Ética Profesional y Legislación Aplicada a la Profesión | Ética |
Introducción a la Investigación | Introducción a la Investigación (optativa) |
Pedagogía Didáctica de la Educación Física Practicum I | Introducción General a la Práctica |
Nutrición aplicada a la actividad física y el entrenamiento deportivo | Nutrición deportiva (optativa) |
Entrenamiento 1 y 2 | Bases generales del entrenamiento |
Deportes sociomotores 3: Fútbol Practicum I Practicum II | Introducción específica a la Práctica |
INSTITUTO UNIVERSITARIO ACJ Licenciatura en Educación Física, Deporte y Recreación Plan 2012 | INSTITUTO SUPERIOR de EDUCACIÓN FÍSICA Tecnicatura en Deportes - Fútbol Plan 2007 | Observaciones |
Teoría de la evaluación y de los aprendizajes Psicología de la Ed. Física y el deporte | Psicología y Teorías del Aprendizaje | No existe razonable equivalencia entre los contenidos de ambos programas |
Psicología de la Ed. Física y el deporte Dirección de grupos y comunicación | Psicología del Deporte | No existe razonable equivalencia entre los contenidos de ambos programas |
INSTITUTO UNIVERSITARIO ACJ Licenciatura en Educación Física, Deporte y Recreación Plan 2012 | INSTITUTO SUPERIOR de EDUCACIÓN FÍSICA Tecnicatura en Deportes - Fútbol Plan 2007 |
Teoría de la evaluación y de los aprendizajes (90 horas) | 12 créditos |
Dirección de grupos y comunicación (20 horas) | 3 créditos |
Psicología de la Educación Física y el deporte (46 horas) | 6 créditos |
EDUCACIÓN PERMANENTE CURE | INSTITUTO SUPERIOR de EDUCACIÓN FÍSICA - Licenciatura en Educación Física - Plan 2004 |
"Circo y Enseñanza" (40 horas) | 5 créditos |
EDUCACIÓN PERMANENTE CURE | INSTITUTO SUPERIOR de EDUCACIÓN FÍSICA - Licenciatura en Educación Física - Plan 2004 |
Introducción a la gestión ambiental | 4 créditos |
INSTITUTO SUPERIOR de EDUCACIÓN FÍSICA Curso UAPEP | INSTITUTO SUPERIOR de EDUCACIÓN FÍSICA Licenciatura en Educación Física - Plan 2004 |
"Curso de monitores de esgrima" (90 horas) | 12 créditos |
FACULTAD de VETERINARIA Plan 1998 | INSTITUTO SUPERIOR de EDUCACIÓN FÍSICA Licenciatura en Educación Física - Plan 2004 |
Biología celular y molecular (185 horas) | 24 créditos |
Curso de Introducción a los Estudios Veterinarios (CIEV) (55 horas) | 7 créditos |
Bioestadística I (96 horas) | 10 créditos |
Anatomía normal (105 horas) | 14 créditos |
Histología normal y embriología del desarrollo (138 horas) | 18 créditos |
Genética general (84 horas) | 11 créditos |
Patología funcional y morfológica (150 horas) | 20 créditos |
INSTITUTO SUPERIOR de EDUCACIÓN FÍSICA Curso UAPEP | INSTITUTO SUPERIOR de EDUCACIÓN FÍSICA Licenciatura en Educación Física - Plan 2004 |
"Gimnasia y escuela: trayectos, derivas y problemáticas en la actualidad" (30 horas) | 4 créditos |
"Gestión de organizaciones deportivas" (16 horas) | 2 créditos |
FACULTAD de ENFERMERÍA Plan 1993 | INSTITUTO SUPERIOR de EDUCACIÓN FÍSICA Licenciatura en Educación Física - Plan 2017 |
Epistemología (30 horas) | 4 créditos |
Metodología científica (20 horas) | 3 créditos |
Educación (15 horas) | 2 créditos |
Salud individual y colectiva (55 horas) | 7 créditos |
Nutrición (15 horas) | 2 créditos |
Microbiología (20 horas) | 3 créditos |
Salud mental (15 horas) | 2 créditos |
Bioestadística (20 horas) | 3 créditos |
Diagnóstico de salud individual y colectiva (200 horas) | 20 créditos |
Bioética (20 horas) | 3 créditos |
Epidemiología (20 horas) | 3 créditos |
Educación para la salud (30 horas) | 4 créditos |
Sociología II (20 horas) | 3 créditos |
Metodología científica (30 horas) | 4 créditos |
Debe cursar | TED Plan 2007 |
Ética profesional | Ética (TED Plan 2007) |
Asignaturas a rendir examen | Mesa de examen sugerida |
Entrenamiento III | Teoría del Entrenamiento (LEF - Plan 2017) |
Técnica del Deporte II | Handball (LEF - Plan 2017) |
Técnica del Deporte III | Handball (LEF - Plan 2017) |
III - ASUNTOS ENTRADOS URGENTES Y PLANTEAMIENTOS
IV - ASUNTOS VARIOS